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Miercoles, 11 Marzo 2026

Propone Diputada Brissa Arroyo homologar en Michoacán Ley Mariana Lima

 Propone Diputada Brissa Arroyo homologar en Michoacán Ley Mariana Lima

Fuente: Cb Televisión / Michoacán / Redacción




*La iniciativa plantea que las muertes violentas de mujeres deben indagarse inicialmente como feminicidio
*Mariana Lima fue asesinada por su pareja, sin embargo ante las autoridades él declaró que Mariana se había suicidado
*Reconoce diputada local activismo de la mamá de la víctima, Irinea Buendía

Morelia, Michoacán, a 11 de marzo de 2026.-En congruencia con su compromiso con la agenda feminista, la diputada local Brissa Arroyo, presentó la Iniciativa “Mariana Lima Buendía”.

Con ello se pretende que la muerte violenta de las mujeres se investigue desde su inicio como feminicidio y con perspectiva de género.

La Congresista y Coordinadora del Grupo Parlamentario del PRD (GPPRD) en la 76 Legislatura, destacó que con esta iniciativa se pretende evitar la impunidad en los casos de violencia feminicida.

Expuso que, el caso de Mariana Lima Buendía nos lleva a la reflexión respecto a la necesidad de fortalecer la actuación ministerial, y es que, -detalló-, Mariana Lima fue víctima de feminicidio por parte de su esposo Julio César Hernández Ballinas, comandante de la Policía Judicial del municipio de Chimalhuacán, Estado de México el 28 de junio de 2010, a la edad de 28 años. Sin embargo, el esposo de la víctima declaró ante las autoridades que se había tratado de un suicidio.

En su intuición de madre y en la duda respecto a la versión de un suicidio, Irinea Buendía (madre de la víctima) y su esposo, iniciaron un largo caminar en busca de justicia que derivó en 2015 en la sentencia 554/2013 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la que el tribunal ordenó que el caso -que había sido cerrado calificando la muerte de Mariana Lima como suicidio- se reabriera para que fuera investigado como feminicidio.

La nueva investigación encontró al esposo de Mariana Lima como responsable del feminicidio, por lo que fue aprehendido el 23 de junio de 2016, fecha desde la que se encuentra en prisión por dicho delito.

La sentencia lograda por Irinea Buendía y su familia, así como por sus representantes legales, marca un precedente histórico para el caso de Mariana Lima y para las mujeres víctimas de la violencia feminicida en México.

El máximo Tribunal dictó lineamientos específicos para la investigación en los casos de asesinatos de mujeres destacando principalmente tres disposiciones:

1)Todas las muertes violentas de mujeres deben ser investigadas como feminicidio, con perspectiva de género y con base en los estándares internacionales más altos.

2) En todos los casos es necesario recolectar y salvaguardar la evidencia para determinar si la víctima sufrió de violencia sexual o si ésta vivía en un contexto de violencia.

3) La inacción y la indiferencia del Estado ante los casos llevan a la re-victimización y discriminación, por lo que los responsables deben ser sancionados.

“Legislar bajo el principio establecido en el caso Mariana Lima, implica reconocer que la violencia feminicida no solo se combate mediante la sanción del agresor, sino también mediante la transformación institucional que impida que la negligencia, la indiferencia o los prejuicios vuelvan a negar justicia a las mujeres” afirmó Brissa Arroyo.

La presente iniciativa es un paso necesario para consolidar en el Estado de Michoacán, un modelo de procuración de justicia con perspectiva de género, centrado en los derechos humanos y orientado a erradicar la impunidad en los delitos cometidos.

La legisladora local reconoció el trabajo y activismo de Irinea Buendía quien se ha convertido en una figura clave en la lucha contra los feminicidios y cuyo dolor por lo sucedido a su hija lo transformó en esperanza de justicia y visibilizar los casos además de promover en los diversos estados la iniciativa Ley Mariana Lima.

Con la iniciativa presentada se adiciona la fracción IX al artículo 36 de la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán, sobre las atribuciones que le corresponden a la Fiscalía General del Estado de Michoacán y se adiciona la fracción XXXVI al artículo 262 del Código Penal para el Estado de Michoacán.




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